martes, 27 de mayo de 2008

TROPAS DE LA DÉCIMA BRIGADA BLINDADA INFRINGEN NORMAS DEL DIH, DENUNCIA EL PUEBLO WIWA


TROPAS DE LA DÉCIMA BRIGADA BLINDADA INFRINGEN NORMAS DEL DIH, DENUNCIA EL PUEBLO WIWA

(Colombia) (Autor: Pueblo indígena WiWa) (Fecha: Mayo 23)

La Décima Brigada Blindada continua infringiendo, en territorio Wiwa de la Sierra Nevada de Santa Marta, las normas del Derecho Internacional Humanitario. El pueblo Wiwa denucia nuevas violaciones a sus derechos humanos.

ATEMORIZADAS COMUNIDADES DEL PUEBLO WIWA POR VIOLACIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y DERECHOS INTERNACIONAL HUMANITARIO La Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua Tayrona (OWYBT) se permite informar a la opinión pública nacional e internacional los siguientes:
HECHOS
1. A comienzos del mes de febrero de 2008, tropas pertenecientes al Ejecito Nacional de Colombia que patrullaban con un encapuchado, retuvieron al profesor DARIO MALO MAESTRE perteneciente a la comunidad de Piedralisa, alrededor de las 5:30 PM. Durante las dos horas y media que aproximadamente duró la retención del profesor ésteo fué interrogado con diversas preguntas, las cuales eran rectificadas si eran falsas o verdaderas por el encapuchado, el cual sólo respondía mediante señas y gestos. Según el docente el encapuchado vestía prendas militares con pasamontañas y guantes de color negro.


Antes de liberarlo le advirtieron que estaban pendiente de capturar a un miembro de la comunidad de Piedralisa en la cual él desarrolla sus funciones como docente bilingüe.

2. Para el 20 de marzo de 2008 en la comunidad de El Cerro, ubicada en jurisdicción del Resguardo Kogui-Malayo-Arhuaco, a una hora y media de camino de herradura aproximadamente de la comunidad de Piedralisa, veinte hombres del Batallón Matamoros adscritas a la Décima Brigada Blindada ingresaron a la comunidad alrededor de las 9:00 de la noche del día jueves.

El ingreso de la tropa se dió en momentos en que la comunidad se encontraba en una celebración familiar. Los soldados rodearon la vivienda y dispararon indiscriminadamente en contra de la población civil causándole graves heridas en las piernas a la menor de edad llamada YANIRIS DEL CARMEN LOPERENA MINDIOLA.

Según los testimonios de la comunidad los soldados llegaron y rodearon la casa, cuando los miembros de la comunidad que allí se encontraban reunidos se percataron que los soldados estaban alrededor de esa casa la joven salió del lugar donde estbana reunidos y se dirigió hacia la parte de adentro de la vivienda y fue en ese momento cuando un soldado le disparó indiscriminadamente y la hirió en las dos piernas; el resto de la comunidad reaccionó para atender a la joven: Los soldados llegaron a la vivienda y reconocieron que habían cometido un error y le prestaron los primeros auxilios a la joven herida. De acuerdo a los afirmaciones de la comunidad, los soldados estaban muy nerviosos por el error que habían cometido y les dijeron que no fueran a denunciar y que la joven se la llevarían para Atánquez donde le podría brindar la atención medica que requería y en ese mismo lugar estaba la persona que les había suministrado la información que en la comunidad habían unos guerrilleros, que si los acompañaban se podrían dar cuenta de la identidad del informante. A los miembros de la comunidad le compraron un litro de ron para que le ayudaran a cargar a la herida; transcurrió como media hora de camino transportando a la joven en hamaca entre los 20 soldados y las población civil cuando una Autoridad Mayor les salio al pasó y les reclamó sobre lo que sucedía; un soldado le dijo que habían tenido un combate con la guerrilla y que llevaban un herido; un habitante de la comunidad que acompañaba a la herida lo desmintió y manifestó que el soldado era un embustero que no había habido ningún combate y que la herida era YANIRIS DEL CARMEN LOPERENA quien había sido herida por un soldado que le dosparó; la Autoridad Tradicional de la comunidad les llamó la atención a los soldados y les manifestó que esos errores no se podían cometer y devolvió a los civiles para sus casa . La joven fue remitida al Batallón La Popa a donde le complementaron la asistencia médica por ocho días y se tuvo que reclamar que les entregara a los familiares en compañía de la Defensoría del Pueblo seccional Cesar.

3. Entre los días 26, 27, 28 y 29 de marzo del presente año, tropas del Ejército Nacional adscritas al Batallón Matamoros acamparon en el colegio y el puesto de salud de la comunidad El Cerro. Allí se instalaron los soldados por alrededor de tres días, mientras que los docentes y el servicio de salud realizaban sus actividades normales y cotidianas. Según informaciones de los docentes y de la comunidad en general, los soldados utilizan la escuela y el puesto de salud como albergues para dormir y guardar sus equipos de dotación durante la noche y por el día, cuando los niños, niñas, docentes y usuarios del servicio de salud regresaron a desarrollar sus actividades de trabajo, los soldados se retiraban hacia los alrededores del lugar y de vez en cuando regresaban entre uno y dos soldados a la escuela para llamar vía celular mientras que los alumnos estan en plena clases.

4. En el mes de marzo del 2008, tropas del Ejército Nacional acamparon en el lugar conocido como El Puente de Marokuzo, lugar donde viven una familia indígena Wiwa y punto de encuentro de abastecimiento de víveres de los miembros de las comunidades de Sabana Joaquina, Marokuzo, Goamaka, La Laguna y el Limón. Los soldados después de levantar el campamento dejaron abandonada una granada o artefacto explosivo, el cual fue halladao por una niña de ocho años aproximadamente. La granada de mano o de fragmentación fue abandonada a escasos metros de la vivienda de la señora NANCY DIAZ NIEVES, madres de tres niños más, los cuales tienen edades comprendidas entre los 1 y 8 años de edad.

En hora de la tarde aparecieron otras tropas a las cuales la señora NANCY DIAZ NIEVES, les dijo que sus compañeros que habían acampado con anterioridad dejaron un artefacto explosivo que debían recoger. Los soldados al percatase lo aseguraron y le dijeron que no fuera a pronunciarse ante los Derechos Humanos sobre este hecho grave que pone en riesgo la integridad física de la población civil.

5. Por otra parte para el día 14 de marzo del 2008, tropas adscritas al Batallón de Ingenieros perteneciente a la Décima Brigada Blindada ingresaron a la comunidad de Sabana Joaquina, alrededor de las 11 de la mañana y retuvieron, delante de sus tres hijos menores de edad, al señor DIOSIMEL MEJIA SOLIS, ayudante de la Autoridad Tradicional de la misma comunidad. Según las afirmaciones de la comunidad y del mismo afectado el 13 de mayo los soldados habían llegado a la casa del señor DIOSIMEL MEJIA SOLIS en busca de unos limones; el día miércoles cuando señor DIOSIMEL MEJIA SOLIS regresaba, alrededor de las 11 de la mañana, de su trabajo de la parcela encontró a los soldados en su casa junto con sus tres hijos y uno criado, todos menores de edad.

Los soldados le preguntaron por su nombre y apellidos y él respondió que se llamaba DIOSIMEL MEJIA SOLIS; los soldados le dijeron que se había cambiado su apellido el cual era VEGA, que él se llamaba DIOSIMEL VEGA, a lo cual respondió que ese apellido no era de él y que su verdadero nombre y apellidos es DIOSIMEL MEJIA SOLIS. Los soldado lo rodearon y lo hicieron firmar un documento con su huella dactilar. Delante de los 4 niños ingresaron a la casa volteando violentamente todo lo que encontraba a su paso.

Al señor DIOSIMEL MEJIA SOLIS se lo llevaron junto con su hijo criado menor de edad llamado ELKIN RAFAEL MALO junto con dos escopetas de cacería y un trampero, quedando desamparado sus tres hijos menores edad que se encuentran entre los 3 a los 9 años aproximadamente, quienes qdaron solos en la casa debido a que su esposa, DIOSELIMA MALO, se encontraba por fuera de la comunidad por lo que les tocó pasar un día de hambre prácticamente.

Los soldados se lo llevaron a media hora de camino hacia la finca de la señora MARÍA BORBON donde violentaron la cerradura de la puerta de la casa, la cual también requisaron sin el debido permiso de la propietaria de la finca.

Luego le dijeron que mandara al niño para la casa, ya que sólo lo querían a él; el cual dijo que no se iría sin su papá. DIOSIMEL MEJIA SOLIS le dijo a ELKIN RAFAEL MALO que se fuera y le hizo entrega del celular para que llamara a su hermano ALCIABIADES MEJIA SOLIS en San Juan del Cesar (La Guajira), para que se enteraran de lo que estabas sucediendo con él en la comunidad.

Los miembros de la comunidad al percatarse del hecho y al escuchar tres disparos se reunieron de forma inmediata y fueron hasta donde las tropas tenían retenido al señor DIOSIMEL MEJIA MOLIS. Allí en cabeza de la COMISARIA discutieron verbalmente con las tropas y le pedieron que por favor lo dejaran ver y que se identificaran quienes eran ellos y que si existía una orden de captura en contra de DIOSIMEL.

El Cabo CONTRERAS le dijo que sólo podía pasar una sola persona a verlo. La comisaría fue y habló con DIOSIMEL MEJIA SOLIS.

La comunidad estaba dispuesta a impedir que se lo llevaran y manifestó que de llevárselo a él tendrían que llevarse a toda la comunidad, ya que tenían la experiencia de lo sucedido con los señores RICARDO ENRIQUE ARIAS SOLIS y CELSO ENRIQUE CARRILLO GUERRERO a los cuales el Ejercito Nacional se los llevó y luego aparecieron como guerrilleros muertos en combates en el mes de enero del 2006.

En horas de la tarde el sargento que estaba al mando de las tropas le dijo a DIOSIMEL MEJIA SOLIS, que ellos habían cometido un gran error al capturarlo delante de sus hijos menores de edad; luego lo enviaron a sus casa en compañía de dos soldados, los cuales llevaban las escopetas que habían sacado de la casa y le dijeron que no fueran a decir nada de que había pasado.

La comunidad expresa que se encuentra muy preocupada por la situación que se vive debido a que la tropas del Ejército Nacional realizan disparos a diario a cualquier hora del día o de la noche, según ellos, porque esta es una forma de comunicarse debido a que tienen problema con sus radios de coimunicaciones; por otra parte los miembros de la comunidad sienten temor de salir a trabajar a las parcelas y manifiesta que la comunidad ha sido golpeada por todos los actores armados. tanto legales e ilegales, y que ya no aguanta otro hecho de violencia que de ocurrir degerará un desplazamiento masivo..

6. DIOSIMEL MEJIA SOLIS antes ya había sido retenido el 11 de diciembre del 2005 y es hermano de RICARDO ENRIQUE ARIAS SOLIS, muerto por el Ejército Nacional el 4 de enero del 2008 y de ALCIBIADES MEJIA SOLIS, capturado por tropas adscritas al Batallón La Popa de la Décima Brigada en el mes de agosto año 2006.

En razón de lo anterior, la Organización Wiwa Yugumaiun Bunkuanarrua Tayrona (OWYBT), del Estado colombiano EXIGE Que se coordine una reunión de seguimiento de las Medidas Cautelares por medio de la Corporación Colectivo de Abogados “José Alvear Restrepo” CCAJAR, para hacerle seguimiento a los compromisos que se plantearon en la HOJA DE RUTA DE CONCERTACIÓN DE LAS MEDIDAS CAUTELARES, que se firmó entre los beneficiarios, los peticionarios y el Gobierno Nacional y se hizo entrega formalmente a la CANCILLERÍA, en Achinthukua, el 28 de septiembre del 2007, fecha en que fue la última reunión de seguimiento de las Medidas Cautelares entre la OWYBT y el Gobierna Nacional.

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